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Veda hasta el 30 de junio: prohibida la captura y venta de langostas y cangrejos para proteger su reproducción

Durante el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, se establece la prohibición de capturar, almacenar y comercializar diversas especies de langostas y cangrejos. Esta medida tiene como objetivo preservar sus poblaciones y garantizar su adecuado ciclo reproductivo.

La disposición responde a lo estipulado en los Decretos 119-12 del 4 de marzo de 2012 y 6-18 del 5 de enero de 2018, además de alinearse con el Reglamento OSP-02-09, el cual establece una veda simultánea en República Dominicana y los países de Centroamérica.

Dentro de las langostas protegidas durante este período se encuentran la espinosa (Panulirus argus), la pinta o langostino (Panulirus guttatus), la piedra (Scyllaridas spp.) y la mamá langosta (Parribacus antarcticus). En cuanto a los cangrejos, la restricción abarca especies como el cangrejo paloma de cueva (Cardisoma guanhumi), el zumba o pelú (Ucides cordatus), el moro (Gecarcinus ruricola), el cangrejito rojo (Gecarcinus lateralis) y la jaiba sirica (Callinectes spp.).

Estos crustáceos desempeñan un papel fundamental en los ecosistemas marinos, ya que contribuyen a la limpieza del océano al consumir restos orgánicos y regulan poblaciones de otras especies, funcionando como un mecanismo natural de control biológico. Además, cumplen una función clave en el reciclaje de materia orgánica.

En el país, diversas normativas regulan los períodos de veda para distintas especies marinas, en cumplimiento con la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Ley 307-04, que creó el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA). Estas regulaciones buscan fomentar una pesca sostenible, basada en prácticas responsables y en el aprovechamiento racional de los recursos naturales.

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